El 4 de junio de 2025, la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó sentencia en los autos «Talarico Jesica Valeria c/ C. Gallo y Hermanos S.R.L. y otro s/ Despido» (Expte. Nº CNT 27149/2014), marcando un precedente relevante en materia de responsabilidad personal de los gerentes en casos de irregularidades laborales.
En este caso, la Cámara resolvió extender la condena solidaria al codemandado César Hipólito Gallo, gerente de la sociedad demandada, considerando acreditada la registración tardía de la relación laboral con la actora. La sentencia aplica el artículo 274 de la Ley de Sociedades (LS), en relación con los artículos 54 y 59, entendiendo que la conducta del gerente fue contraria a la ley y que ameritaba una extensión de responsabilidad.
Asimismo, el Tribunal dispuso que los intereses moratorios se actualicen exclusivamente mediante el índice CER, desde la fecha de exigibilidad (30/10/2013) hasta el efectivo pago.
Finalmente, se dejaron sin efecto las regulaciones de honorarios de primera instancia y se fijaron nuevos montos conforme a los valores actualizados de UMA, alcanzando los siguientes importes:
Esta sentencia refuerza la importancia de una correcta registración laboral y recuerda que los representantes legales de las sociedades no están exentos de responsabilidad cuando se verifica una utilización fraudulenta del marco societario.
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