Artículos y fallos

Reparación de daños en un despido. Condenan a cervecería Quilmes por más de 29 MIllones

18 junio, 2025

El 12 de junio de 2025, el Juzgado Nacional del Trabajo Nº 77 dictó sentencia definitiva en el caso «Vera, Guillermo Miguel c/ Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A. y G. s/ Despido», condenando a la empresa a abonar al trabajador por haber rechazado injustificadamente su reincorporación tras el alta médica.

El actor, operario cervecero desde 2013, había sido diagnosticado con una afección psiquiátrica que motivó una licencia médica a partir de febrero de 2023. En agosto de 2024, su médico psiquiatra le otorgó el alta, sin embargo, la empresa desconoció ese certificado y lo consideró no apto según el criterio de su propio cuerpo médico, sin recurrir a una tercera evaluación neutral.

Ante esta negativa, el trabajador se consideró despedido el 2 de octubre de 2024.

Aspectos clave de la sentencia:

  • El juez consideró que la empresa no actuó de buena fe al sostener la reserva del puesto sin analizar adecuadamente la contradicción médica.
  • Se destacó que la falta de pago del salario y el rechazo infundado del alta constituyen una injuria laboral suficiente para justificar el despido indirecto.
  • El fallo reconoce el derecho del trabajador a una indemnización por daño moral y perjuicio económico, equivalente a 6 salarios, bajo el amparo del Código Civil y Comercial.
  • El planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.742 (que eliminó sanciones por incumplimientos laborales) no fue admitido, aunque el juez realizó una crítica institucional de su impacto.
  • Los intereses serán calculados según la tasa activa del Acta CNAT 2658/17, sin actualización adicional.

La sentencia subraya la importancia de respetar el alta médica otorgada por profesionales tratantes y la necesidad de actuar con responsabilidad frente a diferencias diagnósticas, privilegiando la resolución médica imparcial.

Podés leer la sentencia completa aquí:
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